Libro quinto · Título tercero Capítulo VII. Del testamento hecho fuera del estado
Artículo 2662
Los testamentos hechos fuera del territorio del Estado de Tamaulipas, pero dentro de la República y los hechos en el extranjero se regirán en cuanto a su forma y efectos por lo dispuesto respectivamente, en los artículos 12 y 13 de este Código.