CCCHIS · Art. 2967

Artículo 2967 del Código Civil de Chiapas

Libro cuarto. De las obligaciones · Parte tercera · Titulo primero. De la concurrencia y prelacion de los creditos · Capitulo V. Acreedores de segunda clase

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026

PAGADOS LOS CREDITOS ANTES MENCIONADOS SE PAGARAN:

I.- LOS CREDITOS DE LAS PERSONAS COMPRENDIDAS EN LAS FRACCIONES II, III Y IV DEL ARTICULO 2907, QUE NO HUBIEREN EXIGIDO LA HIPOTECA NECESARIA;

II.- LOS CREDITOS DEL ERARIO, QUE NO ESTEN COMPRENDIDOS EN EL ARTICULO 2952, Y LOS CREDITOS A QUE SE REFIERE LA FRACCION V DEL ARTICULO 2907, QUE NO HAYAN SIDO GARANTIZADOS EN LA FORMA ALLI PREVENIDA;

III.- LOS CREDITOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE BENEFICENCIA PÚBLICA O PRIVADA.

Leer de corridodentro de Titulo primero. De la concurrencia y prelacion de los creditos

Sobre este texto
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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Chiapas)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 84 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART.' / '39.-') se leen como uno.
  • 2 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART. 405' / 'BIS.-') se leen como uno.
  • 1 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.
  • 2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 16 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • 12 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.
  • Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.
  • número de artículo repetido en la fuente: 157 (orden 160 y 265); el segundo se publica con clave '157-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 1392 (orden 1447 y 1448); el segundo se publica con clave '1392-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 1403 (orden 1459 y 1549); el segundo se publica con clave '1403-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 1662 (orden 1718 y 1748); el segundo se publica con clave '1662-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 2769 (orden 2837 y 2838); el segundo se publica con clave '2769-dup2'
  • huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3016): [2, 257, 1391, 1493, 1692]
  • Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.
  • Rótulos 'ART. 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1').

Transitorios (16 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 2967, Código Civil de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-2967/

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