Libro octavo · Título quinto Capítulo VII. De los medios de impugnación (reformado, p.o. 30 de diciembre de 2014)
Artículo 3678
Contra los actos o determinaciones de las Oficinas Registrales, que nieguen o suspendan la inscripción de algún documento, aviso o cancelación procederá el recurso de inconformidad, y para tal efecto se estará a lo dispuesto en la Ley del Registro Público del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Artículo 3679Derogado
(DEROGADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)
Artículo 3680Derogado
(DEROGADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)
Artículo 3681Derogado
(DEROGADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)
Artículo 3682Derogado
(DEROGADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)