Código Civil de Coahuila
Código Civil de Coahuila

Libro octavo · Título quinto Capítulo VII. De los medios de impugnación (reformado, p.o. 30 de diciembre de 2014)

Arts. 3678–36825 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026

Artículo 3678

Contra los actos o determinaciones de las Oficinas Registrales, que nieguen o suspendan la inscripción de algún documento, aviso o cancelación procederá el recurso de inconformidad, y para tal efecto se estará a lo dispuesto en la Ley del Registro Público del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Artículo 3679Derogado

(DEROGADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)

Artículo 3680Derogado

(DEROGADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)

Artículo 3681Derogado

(DEROGADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)

Artículo 3682Derogado

(DEROGADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)

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