Código Civil de Quintana Roo
Código Civil de Quintana Roo

Libro primero · Primera parte especial · Título tercero Capítulo séptimo. Del Patrimonio

Arts. 597–6004 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026

Artículo 597

El patrimonio es económico o moral.

Artículo 598

Patrimonio económico es el conjunto de derechos, bienes y obligaciones, valorables en dinero, y que constituyen una universalidad.

Artículo 599

El deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con todo su patrimonio económico, con excepción de los bienes que conforme a la ley son inalienables e inembargables.

Artículo 600

Patrimonio moral es el conjunto de los derechos de la personalidad.

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