Artículo 2546 del Código Civil de Sonora
Libro primero. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contrato · Titulo segundo. De la compraventa · Capitulo VI. De las obligaciones del comprador
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
El comprador debe intereses por el tiempo que medie entre la entrega de la cosa y el pago del precio, en los tres casos siguientes:
I.Si así se hubiere convenido;
II.Si la cosa vendida y entregada produce fruto o renta; y
III.Si se hubiere constituido en mora con arreglo a los artículos 2284 y 2285.