Código Civil de Chihuahua
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Libro cuarto · Parte segunda · Título segundo Capítulo IV. De las obligaciones del vendedor

Art. 21671 artículoTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024

Artículo 2167

El vendedor está obligado:

I.A transmitir el dominio del bien vendido;

II.A conservar y custodiar el bien, mientras lo entrega;

III.A entregar al comprador el bien vendido;

IV.A responder de los vicios o defectos ocultos del bien vendido;

V.A garantizar al comprador la posesión pacífica del bien vendido;

VI.A responder del saneamiento en caso de evicción; y,

VII.A otorgar al comprador los documentos legales exigidos para formalizar el contrato, además de los que establezcan las leyes fiscales.

[Artículo reformado mediante Decreto No. 588-03 VI P.E. publicado en el P.O.E. No. 35 del 30 de abril del 2003]

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