Código Penal de Puebla
Código Penal de Puebla

Libro segundo delitos en particular Capítulo vigésimo primero. De la tortura

Arts. 449–4524 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025

Sección única

Artículo 449

Para los delitos de Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y sus sanciones, se aplicarán las disposiciones que establece la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhum/anos o Degradantes.

Artículo adicionado el 14/mar/1997 y reformado el 29/dic/2017.

Artículo 450Derogado

Se deroga.

Artículo adicionado el 14/mar/1997 y derogado el 29/dic/2017.

Artículo 451Derogado

Se deroga.

Artículo adicionado el 14/mar/1997 y derogado el 29/dic/2017.

Artículo 452Derogado

Se deroga.

Artículo adicionado el 14/mar/1997 y derogado el 29/dic/2017.

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