Libro quinto · Segunda parte · Título tercero Capítulo cuarto. De las obligaciones del vendedor
Artículo 1626
Además de las obligaciones que la ley impone al enajenante, el vendedor está obligado:
I.A otorgar al comprador los documentos legalmente necesarios para acreditar el traslado de dominio;
II.A conservar y custodiar el bien con la diligencia propia de un buen padre de familia entre tanto lo entregue;
III.A entregar al comprador el bien vendido.