Código Fiscal de la Ciudad de México
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Libro primero · Título tercero · Capítulo IX Sección Novena. De los Derechos sobre las Concesiones de Inmuebles

Art. 2361 artículoTexto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025

Artículo 236

Por el otorgamiento de concesiones para el uso o goce de inmuebles del dominio público de la Ciudad de México, se pagará anualmente, por cada uno, el derecho de concesión de inmuebles conforme a una cuota de $1,848.00

Tratándose de inmuebles que se destinen a uso agrícola, ganadero, pesquero o silvícola, la cuota a que se refiere el párrafo anterior se reducirá en un 50%.

Este derecho se pagará independientemente del que corresponda conforme a la Sección Segunda, Capítulo X, Título Tercero del Libro Primero de este Código.

Párrafo reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25

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