Código Civil de Chihuahua
Código Civil de Chihuahua

Libro tercero · Título segundo · Capítulo VII Sección sexta. Del legado de bien determinado

Art. 13421 artículoTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024

Artículo 1342

En el legado de bien determinado, el heredero debe entregar al legatario el mismo bien legado y en caso de pérdida, se observará lo dispuesto por este Código para las obligaciones de dar un bien de esa característica.

[Artículo reformado mediante Decreto No. 425-02 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 102 del 21 de diciembre de 2002]

Índice · CCCHIH