Código Civil de Coahuila
Código Civil de Coahuila

Libro séptimo · Título segundo Capítulo VIII. De las ventas judiciales

Arts. 2736–27372 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026

Artículo 2736

Las ventas judiciales o administrativas en almoneda, subasta o remate públicos, se regirán por las reglas establecidas en los artículos del 2423 al 2431.

Artículo 2737

En las enajenaciones judiciales que hayan de verificarse para dividir cosa común, se observará lo dispuesto para la partición entre herederos.

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