Código Civil de Coahuila
Código Civil de Coahuila

Libro séptimo · Título decimonoveno · Capítulo I Sección II. De los requisitos de existencia y de validez de la fianza

Arts. 3229–32335 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026

Artículo 3229

La fianza no puede existir sin una obligación válida.

Artículo 3230

No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, la fianza puede recaer sobre una obligación cuya nulidad sea reclamable mediante una acción o excepción puramente personales del obligado.

Artículo 3231

La ilicitud en el objeto, motivo o fin de la obligación principal, originará la nulidad absoluta de la fianza.

Artículo 3232

Puede otorgarse fianza en garantía de deudas futuras, cuyo importe no sea aún conocido.

Artículo 3233

En el caso del artículo anterior, no podrá reclamarse al fiador hasta que la deuda sea líquida.

Índice · CCCOAH